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Actualización Tributaria y Laboral 2025: Lo que toda empresa debe conocer

La Circular 75 de 2025 publicada por CV Asesores Tributarios SAS resume las principales disposiciones normativas en materia contable, fiscal y laboral que deben ser tenidas en cuenta por empresas, contadores y responsables tributarios a lo largo del año.

Entre los puntos más relevantes se destacan:


📌 Impuestos nacionales y facturación

  • Se mantiene la estructura de vencimientos para IVA y retención en la fuente según el último dígito del NIT (Decreto 2229 de 2023).

  • Los documentos POS no son válidos como soporte fiscal. Solo la factura electrónica de venta se admite como deducción o gasto.

  • Para proveedores bajo el régimen simple, se deberá aplicar retención del 15% sobre el IVA.


🚫 Límites para pagos en efectivo

  • Los pagos en efectivo superiores a $4.979.900 anuales no serán deducibles como gasto.

  • En compras menores, solo el 20% será deducible si se pagan en efectivo.

  • Se recomienda usar medios formales: transferencias electrónicas, cheques cruzados, tarjetas o billeteras digitales como Nequi y Daviplata.


🧾 Requisitos de soporte y certificaciones

  • Es obligatorio solicitar certificados de retención de IVA y de ICA Bogotá cada bimestre.

  • Los certificados deben entregarse máximo 15 días después del cierre del período respectivo.

  • Las cuentas de cobro deben estar respaldadas con documento soporte electrónico, transmitido a la DIAN desde agosto de 2022.


⚠️ Sanciones por incumplimiento

  • La ley establece sanciones severas para evasión fiscal: hasta 15 años de cárcel por evasión de IVA o renta.

  • No expedir factura con los requisitos del artículo 652 del ET puede conllevar clausura del establecimiento por 3 días y multa del 1% del valor de las facturas.


💼 Aportes laborales y límites 2025

  • El salario mínimo legal vigente es de $1.423.500, y el salario integral de $18.505.500.

  • Se ajustan los topes para:

    • Entrega de dotación: hasta 2 SMMLV.

    • Acceso a subsidio familiar: hasta 4 SMMLV.

  • Se actualiza el valor del UVT a $49.799 para este año.


📣 Recomendación final

👉 “Es imprescindible que las empresas revisen sus procesos de pago, facturación y soportes tributarios para evitar sanciones y garantizar la validez fiscal de sus operaciones.”

No más pagos en efectivo sin consecuencias fiscales

Desde 2025, los pagos en efectivo superiores a $4.979.900 anuales no serán deducibles como gasto. Además, el 80% de las compras menores también puede perder validez si no se cumplen condiciones específicas. La DIAN exige ahora más rigor en los medios de pago aceptados para efectos tributarios.

💡 Evita sanciones y asegúrate de cumplir con los soportes adecuados.

Certificados de retención: fechas límite y nuevas exigencias

Según la normativa vigente, los agentes de retención deben emitir certificados en un plazo máximo de 15 días calendario tras cada bimestre. Además, todos deben entregarlos antes del 31 de marzo de 2025. Esto aplica tanto para retención en la fuente como para ICA en Bogotá.

📎 No entregar los certificados puede impedir que el beneficiario los utilice como descuento en sus impuestos.

Factura electrónica: requisito ineludible para deducir compras

La DIAN reitera que las tirillas POS o pagos con tarjeta sin factura electrónica de venta no son válidos para deducir costos o descontar IVA. Toda compra debe estar respaldada por factura electrónica o documento soporte con resolución de la DIAN.

📌 Recuerda: sin soporte electrónico, no hay deducción tributaria válida.

Cambios en la exógena: quiénes deben reportar en 2025

Según la Resolución 162 de octubre 2023, deben reportar información exógena en 2025:

  • Personas jurídicas con ingresos superiores a $112 millones en 2023 o 2024

  • Personas naturales con ingresos superiores a $555 millones

  • Todos los agentes de retención, sin importar montos.
    Los reportes a la DIAN inician el 14 de mayo de 2025.

    📌 Prepárate con anticipación para evitar sanciones por omisión o errores.

Nuevas condiciones para cotización pensional y riesgos laborales

Con la Ley 2381 de 2024, a partir del 1 de julio de 2025 aumentan los porcentajes del Fondo de Solidaridad Pensional (FSP), según el ingreso base de cotización. Además, se reafirman los niveles de riesgo laboral con porcentajes entre 0.522% y 6.96%, según la actividad económica.

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